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Asamblea: Gobierno pretendía violar la autonomía de los GAD y darle superpoderes a Richard Martínez

Quito, 08 may (La Calle).– La Asamblea Nacional dio a conocer los cambios propuestos en el segundo informe del Proyecto de Ley de Finanzas Públicas. La Comisión Económica rechazó las pretensiones de violar la autonomía de los Gobiernos Autónomos Descentralizados y adjudicar al Ministerio de Economía y Finanzas competencias propias de la Contraloría e incluso mayores a las del Ejecutivo.  

El presidente de la Comisión y asambleísta de Alianza País, Daniel Mendoza, señaló que el proyecto intentaba otorgarle al Ministerio de Finanzas “competencias de otras instituciones. Quería colocarse incluso sobre el Primer Mandatario”. Además, el comunicado señala que Mendoza “advirtió públicamente que ninguna normativa puede estar por encima de la Carta Magna”. 

El artículo 2 del proyecto de ley enviado a la Asamblea, sostiene que “el sector público no financiero comprende las siguientes entidades: Gobierno Autónomos Descentralizados”, violando el artículo 238 de la Constitución del Ecuador que reza: “Los gobiernos autónomos descentralizados gozarán de autonomía política, administrativa y financiera […]”.  

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Proyecto de Ley de Finanzas Públicas
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Constitución de la República del Ecuador

Se pretendía, además, incluir también a las entidades de seguridad social: Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), Instituto de Seguridad Social de las Fuerzas Armadas (ISSFA) y el Instituto de Seguridad Social de la Policía (ISSPOL). Así mismo, las empresas y banca públicas.  

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Proyecto de Ley de Finanzas Públicas

Por otra parte, el proyecto también sugería otorgar al Ministerio de Finanzas “competencias y atribuciones que lo convertían en juez y parte dentro de las finanzas”, así como también el poder de sancionar “como si fuera la Contraloría General del Estado”. Así, la sección II del capítulo VII del proyecto, acerca de las medidas correctivas señala: “Cuando el ente rector de las finanzas públicas, […] constate que existe incumplimiento de los objetivos de la regla de deuda pública […] podrá proceder con la suspensión temporal de los procedimientos a su cargo para las transferencias desde el Presupuesto General del Estado”.  

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Proyecto de Ley de Finanzas Públicas