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Asamblea define a la comunicación como derecho y no un servicio

Quito, 10 dic (La Calle). – Con 126 votos, la Asamblea Nacional el informe del segundo debate de las reformas a la Ley Orgánica de Comunicación. Uno de los cambios es la concepción de comunicación como derecho humano y no como un servicio. Esta decisión cambia los artículos 5 y 44.1 de la legislatura.

“En la Comisión de Derechos Colectivos llegamos a establecer que la comunicación y la libertad de expresión son derechos fundamentales que corresponden a la sociedad y al ser humano. En este sentido, no se podía establecer como una prestación de servicios públicos”, expresó el proponente Jaime Olivo en su participación en el Pleno.

¿Qué dice la ley?

Según el artículo 5 de la LOC “se consideran medios de comunicación social a las empresas, organizaciones públicas, privadas y comunitarias, así como a las personas concesionarias de frecuencias de radio y televisión, que prestan el servicio público de comunicación masiva que usan como herramienta medios impresos o servicios de radio, televisión y audio y vídeo por suscripción, cuyos contenidos pueden ser generados o replicados por el medio de comunicación a través de internet”.

El documento reformatorio se enviará al Ejecutivo, quien decidirá su acogida u objeción.

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