Quito, 23 ene (La Calle).- La Corte Constitucional (CC) nombró a Álvaro Román como presidente temporal del Consejo de la Judicatura (CJ), en reemplazo de Fausto Murillo.
En primera instancia, la CC destituyó a los siete vocales del Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) por incumplir la sentencia de no haber nombrado un presidente definitivo para el CJ. Cuatro ternas fueron negadas por el Cpccs liderado por Hernán Ulloa.
Tras la decisión, la Corte dispuso que hasta entonces Álvaro Román presida temporalmente el Consejo de la Judicatura en su calidad de suplente. El entrante presidente ya había planteado una acción de protección contra la designación de Fausto Murillo.
Según Román, él debía asumir el CJ tras la renuncia de María del Carmen Maldonado a inicios de 2022. El Cpccs Transitorio lo eligió como vocal suplente y no a Fausto Murillo, reportó Ecuavisa.
¿Y ahora qué?
La Corte señala que el órgano competente debe elegir un candidato de la cuarta terna para presidir el CJ. Román estará a la cabeza mientras no haya titular definitivo. Además, el CJ deberá ofrecerle disculpas pública y un pago de USD 5 mil, recogió el medio televisivo.
Por su parte, los siete consejeros deberán abandonar sus cargos. Los exvocales Sofía Alméida, Juan José Dávalos y David Rosero aseguraron que cumplieron con sus atribuciones en cuanto a la designación del presidente del CJ.
Los consejeros destituidos resaltaron que las decisiones en el Consejo de Participación Ciudadana (Cpccs) se tomaban en una mayoría de cuatro funcionarios.
“Claramente hicieron todo lo posible por mantener a su amigo (Fausto Murillo) en la Presidencia del Consejo de la Judicatura”, reza el comunicado.
También, solicitaron que la Corte Constitucional (CC) se pronuncie considerando las pruebas de descargo presentadas por escrito y en la audiencia de verificación.
En la otra orilla, el expresidente Hernán Ulloa aceptó la decisión de la Corte, pero enfatizó que no concuerda con el dictamen. Instó a la Corte a actuar de manera inmediata contra la Asamblea Nacional por el desacato a una sentencia del 2019.
Según Ulloa, el Pleno también debería ser destituido por no obedecer la resolución de la Corte sobre el derecho a la consulta previa y legislativa, que hasta la fecha no han enviado el informe sobre las leyes orgánicas que regulen el derecho a dicha consulta.