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Aborto por violación: La Asamblea no garantiza una ley justa y reparadora

Quito, 17 feb (La Calle).- La activista y defensora de los derechos humanos, Sybel Martínez, denunció en sus redes sociales que la Asamblea incumplió el mandato de la Corte Constitucional de garantizar, con los más altos estándares, el acceso al aborto por violación. ”Los dos informes (mayoría y minoría) incumplen el fallo, son regresivos e inconstitucionales. No tenemos una ley justa y reparadora”, escribió.

En un comunicado, colectivos y organizaciones de mujeres sostuvieron que el informe de mayoría aprobado por la Comisión de Justicia y estructura del Estado, el pasado 11 de febrero, es inconstitucional pues al establecer un plazo de 16 semanas, se imposibilita el acceso real a interrupciones legales del embarazo en caso de violación a las mujeres víctimas de violación más vulnerables, lo que significa dejar sin protección sus derechos a la vida, salud, integridad personal.

Asimismo, señala que en el caso de niñas y adolescentes sobrevivientes de violación (10 a 18 años), de acuerdo con las estadísticas de acceso realizadas por Surkuna, el 78,6% han accedido a un aborto legal después de la semana 18 de gestación. Estos plazos excluirán al 28.6% de mujeres mayores de 18 años en condiciones de vulnerabilidad y al 80% de las mujeres de pueblos y nacionalidades.

“De modo que los plazos, generan categorías de víctimas en relación a factores económicos, etarios, étnicos, etc, lo que supone una forma de discriminación. Deja a las mujeres con discapacidad en un estado de ambigüedad muy peligroso, respecto a su acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación”, dice el texto.

De igual forma, critican el informe de minoría porque determina plazos altamente restrictivos, de 6 semanas para mujeres y personas gestantes víctimas y sobrevivientes de violación y 12 semanas para niñas, adolescentes y personas gestantes de la ruralidad. Al establecer un plazo de 6 y 12 semanas, imposibilita el acceso real a interrupciones legales del embarazo a las mujeres, niñas y adolescentes víctimas de violación.

Así, en el caso de niñas y adolescentes (10 a 18 años), de acuerdo con las estadísticas de acceso realizadas por Surkuna, un 92,9% han accedido a un aborto legal por violación después de la semana 12 de gestación. De acuerdo con los mismos datos estos plazos excluirán del acceso a este servicio de salud a un 100% de las mujeres y personas gestantes sobrevivientes de violación mayores de 18 años.

Otros cuestionamientos

Las organizaciones defensoras de derechos humanos también cuestionan la objeción de conciencia institucional, es decir, que las instituciones de salud pueden negarse a brindar el servicio de aborto por causal violación. Afirman que esto es inconstitucional pues el artículo 66.12 de la Constitución establece a la objeción de conciencia como un derecho personal y aclara que la misma no debe vulnerar otros derechos.

Aseguran también que el Estado obliga a las víctimas y sobrevivientes de violación a ver eco sonogramas, y que por ejemplo, si ellas no lo han requerido ni consentido, las revictimiza.

“Ambos informes incumplen el fallo de la Corte Constitucional y constituyen un retroceso en la garantía del acceso a la interrupción voluntaria del embarazo en casos de violación y la garantía de la atención integral para las mujeres, niñas, adolescentes y personas gestantes víctimas y sobrevivientes de violación (…) Así, la Asamblea no ha cumplido con el mandato constitucional establecido en la sentencia de la Corte.

Advierten, también que demandarán por cada caso de maternidad forzada al Estado ecuatoriano, tanto en instancias nacionales como internacionales.