¿Por qué la Corte admitió el delito de peculado contra Lasso?

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Quito, 30 mar (La Calle).- El dictamen de la Corte Constitucional (CC) respecto al juicio político contra el presidente de la República, Guillermo Lasso, solo encontró indicios en el delito de peculado. Para el órgano de justicia, el mandatario tiene responsabilidad en las irregularidades de la Flota Petrolera Ecuatoriana (FLOPEC).

La acusación de peculado consta en el artículo 278 del Código Orgánico Integral Penal (COIP) y hace referencia a la malversación de fondos públicos, es decir, quedarse con el dinero del Estado o destinarlos a un fin inadecuado.

El delito tiene una pena de cinco a 13 años dependiendo el caso. Por otro lado,  los funcionarios involucrados en este acto ilícito quedarán incapacitados de por vida a ejercer un cargo público. El peculado también es conocido como “delito de cuello blanco” o “hurto al Estado”.

En cuestión al juicio político contra el presidente Lasso, la CC descartó las dos acusaciones por concusión en el caso de Petroecuador y la Empresa Coordinadora de Empresas Públicas (EMCO). El órgano de justicia encontró incoherencias y un mínimo de verosimilitud en los argumentos de los interpelantes.

Lasso y el delito de peculado

La tercera causal se aloja en el delito de peculado y en la solicitud emitida desde la Asamblea Nacional se le acusa al mandatario de “distraer dineros públicos en favor de la Compañía Amazonas Tanker Pool”, a través de Hernán Luque Lecaro, expresidente de EMCO y principal sospechoso en el caso “El Gran Padrino”.

En este sentido, explican que el mandatario actuó en ejercicio de sus funciones y consintió la celebración de contratos de transportes petrolero en FLOPEC, presidida por EMCO. También habría existido un informe de Contraloría en contra de esas negociaciones.

 “El Presidente de la República y Luque definieron la continuación de los contratos de transporte de petróleo en favor de terceros, conscientes de que los mismos representaban una pérdida para el Estado”, dicta el documento del Legislativo.

Las advertencias de Estupiñán

En el 2020, FLOPEC firmó contratos perjudiciales que Contraloría revisó y recomendó no volver a hacer negociaciones bajo condiciones nocivas. El exgerente general de FLOPEC, Johnny Terán, quiso acatar las sugerencias pero fue destituido del cargo bajo la orden Hernán Luque por “incumplimiento de resoluciones”.

Ante esta situación, Estupiñán informó al mandatario sobre su remoción del puesto y le advirtió sobre las irregularidades de las condiciones contractuales con Amazonas Tanker Pool. En su gestión, el extitular de FLOPEC tenía la intención de romper lazos con esta empresa internacional.

“Solicito muy comedidamente que me conceda audiencia para explicarle la situación de FLOPEC y las consecuencias de su mala administración, considerando que podría volver a ser una empresa eficiente”, dijo en una carta dirigida al presidente el 22 de marzo del 2022.

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Carta de Estupiñán al presidente Guillermo Lasso

La resolución de la Corte Constitucional

La CC encontró veracidad en los argumentos de los interpelantes del Legislativo. Estupiñán habría advertido por dos ocasiones al mandatario sobre las irregularidades en FLOPEC. Además, estos argumentos se sustentan en el informe de Contraloría, en donde se informa sobre las altas tarifas y largos plazos establecidos en los contratos con Amazonas Tanker Pool.

“El presidente Lasso Mendoza sabía que el gerente general de FLOPEC fue removido de su cargo y que esta remoción fue debido a que dicho funcionario intentó culminar unilateralmente el contrato de transporte petrolero celebrado entre el Estado ecuatoriano y Amazonas Tanker Pool Company LLC. A pesar de ello, el presidente Lasso Mendoza no ejecutó acción alguna para investigar o remediar esta situación”, dicta la resolución de la CC.

En entrevista con La Posta, el abogado constitucionalista, André Benavides resaltó que el dictamen de la Corte es estrictamente jurídico y legal. Agregó que hasta el momento, los jueces han cumplido con el deber de gratitud y han demostrado no estar contaminado por intereses políticos. (A.G.M).