Quito, 22 mar (La Calle).- El Servicio de Rentas Internas (SRI), cobrará impuestos a las personas que ofrecen servicio de arriendo de bienes inmuebles en plataformas digitales. Así lo anunció la entidad en sus redes sociales. Además indicó que se debe empezar a controlar esta actividad y cumplir con las obligaciones tributarias, tal como lo hacen otros trabajadores.
“Si ofreces alojamiento, el servicio prestado grava con 12 % del impuesto al valor agregado (IVA). Formaliza tu actividad y cumple con tu país”, expuso el SRI en sus redes sociales. Esto quiere decir que se realizarán controles a los ingresos de los anfitriones que trabajan mediante plataformas digitales como Airbnb o Booking.
Asimismo, los anfitriones deben emitir comprobantes de venta por actividades de servicio de alojamiento que realizan a través de las mencionadas plataformas digitales.
¿Qué implica ser anfitrión?
El anfitrión es el usuario que publica el anuncio de arrendamiento de un bien inmueble (departamentos, apartamentos, oficinas) en las plataformas digitales. Usualmente es el propietario o administrador de esa propiedad. El mismo vende el servicio de hospedaje a huéspedes nacionales o extranjeros y es quién recibe el pago.
¿Qué debe hacer frente al SRI si es anfitrión o arrendador en Airbnb o Booking?
El SRI les recuerda que deben registrar su RUC, incluyendo la actividad económica a la que se dedican. En este caso sería: servicios de alojamiento prestados por anfitriones. Después de esto se debe gravar dicho servicio con el 12 % del IVA, declarar y pagar los impuestos a tiempo.
Es preciso recordar que las actividades de alojamiento pueden estar sujetas al Rimpe o al Regimen general, dependiendo de los ingresos. Si se tiene ingresos de hasta USD 20.000 se pertenece al régimen Rimpe-Negocio Popular. Si se tiene ingresos desde USD 20.001 a USD 30.000 se pertenece al régimen Rimpe- Emprendedores. Pero, si los ingresos superan los USD 30.000 se pertenece al régimen general.
MJ