Quito, 6 sep (La Calle).- La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condenó este lunes a Ecuador por la muerte del pescador Luis Eduardo Casierra Quiñonez en el marco de un operativo militar contra piratas en el mar en diciembre 1999.
La sentencia responsabiliza al Estado ecuatoriano por violar el derecho a la vida y a la integridad personal por uso excesivo de la fuerza por parte de las Fuerzas Armadas. Además del fallecimiento, la CIDH también condenó las lesiones sufridas a sus hermanos Andrés y Sebastián Casierra en el mismo operativo.
«En la Sentencia del Caso Casierra Quñonez y otros vs Ecuador, la CIDH declaró responsable internacionalmente a la República del Ecuador por el fallecimiento de Luis Eduardo Casierra, quienes se dedicaban a actividades de pesca, producidas en el marco de un operativo antidelincuencial efectuado por integrantes de la Armada (…) la muerte y lesiones producidas durante el operativo fueron resultado del uso excesivo d ela fuerza letal por parte de los agentes estatales», reza el comunicado del organismo internacional.
Sobre el caso
Durante la madrugada del 8 de diciembre de 1999, tres uniformados de la Armada del Ecuador y un civil realizaban un operativo contra piratas en el mar. Según la versión de los agentes estatales, recibieron una llamada sobre una embarcación que robaba a los pesqueros.
En el proceso de control, los agentes encontraron a los pesqueros Casierra Quñonez y otros tripulantes. Ellos trataron de retirarse pacíficamente, pues creyeron que la embarcación de la Marina era pirata.
Los oficiales militares arremetieron con disparos. Como resultado, Luis Eduardo murió y dos de sus hermanos fueron heridos.
En el proceso judicial, los marinos alegaron que los disparos fueron realizados desde otra lancha. Y en los tribunales locales y militares, los oficiales fueron sobreseídos.
Los Casierra tuvieron que pasar por un largo proceso debido a que en los juzgados ecuatorianos, los presuntos actos delictivos de las Fuerzas Armadas son llevados a cabo dentro de la jurisdicción militar. Y en todos los casos, los militares salían favorecidos.
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Condena de la CIDH
La Corte precisó que Ecuador admitió «serias limitaciones probatorias existentes». Además, reconoció la imposibilidad de determinar que los disparos hubieran ocurrido desde la embarcación de las víctimas y que las armas de fuego no fuesen encontradas en su poder.
También, la Corte obligó al Ecuador a continuar con las investigaciones para dilucidar las circunstancias de la muerte de Luis Eduardo y las heridas de sus hermanos. A la vez de disposiciones legales necesarias para regular el uso excesivo de la fuerza por parte de las fuerzas del orden.
Finalmente, se estableció una reparación económica para todas las víctimas y sus familiares.