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La autoría por dominio de organización ya existe en el COIP

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Quito, 16 nov (La Calle).- Entre las acciones que el Gobierno tomará por la crisis carcelaria está la creación de un nuevo proyecto de ley que incluye, entre otras cosas, la tipificación de un nuevo delito.

“En el mismo cuerpo legal atacaremos la raíz del problema: los jefes de las mafias. Tipificaremos el nuevo delito de “autoría por dominio de organización”. Es decir: los jefes de las bandas pagarán también por los delitos que ordenen cometer a sus cómplices”, explicó el mandatario.

No obstante, este modo de delito ya existe en el Código Orgánico Integral Penal (COIP).

¿Qué dice la Ley?

El artículo 42 del COIP define varios tipos de autores al momento de cometer un delito. Entre ellos están los de autoría mediata que incluyen:

a) Quienes instiguen o aconsejen a otra persona para que cometa una infracción, cuando se demuestre
que tal acción ha determinado su comisión.

b) Quienes ordenen la comisión de la infracción valiéndose de otra u otras personas, imputables o no, mediante precio, dádiva, promesa, ofrecimiento, orden o cualquier otro medio fraudulento, directo o indirecto.

c) Quienes, por violencia física, abuso de autoridad, amenaza u otro medio coercitivo, obliguen a un tercero a cometer la infracción, aunque no pueda
calificarse como irresistible la fuerza empleada con dicho fin.

d) Quienes ejerzan un poder de mando en la organización delictiva.