Quito, 28 ago (La Calle). – Un tratado de extradición entre Bélgica y Ecuador de 1887 se utilizaría como fundamento para solicitar una extradición del expresidente Rafael Correa, con una sentencia de ocho años de prisión por el Caso Sobornos.
El documento con 18 artículos explica los 30 delitos por los que se pueden extraditar a ecuatorianos residentes en Bélgica y que tengan una sentencia en su país de origen. Con fecha 18 de mayo 1887, el acuerdo lo suscribieron el presidente José Plácido Caamaño y el Rey Leopoldo II.
Los peros
El exvicecanciller Carlos Estarellas indicó al medio Primicias, que es un buen comienzo que haya un acuerdo vigente. Sin embargo, es difícil adaptar el documento después de 133 años de su subscripción. Muchos de los delitos que constan allí ya no se aplican en la actualidad.
A eso se suma el proceso para la extradición. La justicia ecuatoriana deberá entregar la ubicación y detención provisional a la Interpol. “Solo si la Interpol da paso a la solicitud y el político es detenido se podrá dar paso a su extradición, tomando como base la Convención de 1887”, explicó Primicias.
Además, al ser esposo de una ciudadana belga, el expresidente tiene derecho a acceder a esta nacionalidad por lo que no podrían extraditarlo.
Difusión roja
El pasado 16 de agosto, la INTERPOL negó por tercera vez el pedido de la justicia ecuatoriana de difusión roja en contra del expresidente.
La Comisión consideró que los datos relativos al solicitante (el Estado) registrados en el Sistema de Información de INTERPOL (IIS) suscitaban dudas en cuanto a su conformidad con el artículo 2 del Estatuto de la organización, explicó el portal Confirmado.net.