Recargos por pagos con tarjetas: una práctica aún recurrente, pero ilegal

Quito, 10 jun (La Calle).- David Chiliquinga testifica que intentó realizar la compra de una Tablet en Quito. Primero consultó el precio por internet, USD 350, para luego acercarse a la sucursal. Al efectuar la compra le dijeron que se le añadiría un recargo de USD 50 por pagar con tarjeta.

En 2022, mediante un comunicado, producto de una reunión con los representantes de la Defensoría del Pueblo, la Junta Política de Regulación Monetaria y Financiera, Superintendencia de Bancos, Gobernación de Guayas y Banco Central, señalaba que ninguna norma legal autoriza recargos cuando se paga con tarjetas de crédito o débito.

En los contratos suscritos entre la entidad emisora y el establecimiento comercial consta una cláusula expresa que prohíbe el traslado al usuario final de los valores que debe pagar el establecimiento al emisor.

¿Qué dice la ley?

Para normativa ecuatoriana, el cobro de recargos por tarjeta se considera como una mala práctica. El artículo 50 de la Ley de Protección al Consumidor estipula que el precio para el pago con tarjeta de crédito debe ser idéntico al precio en efectivo, incluyendo ofertas, promociones, rebajas y descuentos. No obstante, los comercios tienen el derecho de establecer precios diferenciales según el método de pago, siempre y cuando se ponga en conocimiento al consumidor de manera oportuna y adecuada con publicidad o información respectiva.

Sin embargo, esta mala práctica aún es común en varios comercios del país. Según el reporte de asesoramientos del Sistema de Gestión Defensorial (SIGED) de la Defensoría del Pueblo, desde el 1 de enero del 2022 al 17 de mayo del 2024, se reportaron 1085 casos referentes a servicios financieros, de los cuales 207 (19%) se relacionan con problemas con las tarjetas de crédito o débito.

La Defensoría del Pueblo interviene en estos casos como una entidad de protección adicional, pero solo si se han agotado los procesos previos y aún se evidencia una vulneración real de derechos. Dependiendo del caso, se aplican diferentes gestiones defensoriales. Desde el 1 de enero de 2022 hasta el 17 de mayo de 2024, se han identificado 75 casos contra entidades del servicio financiero por diversas razones.

¿Cómo denunciar?

Según el mismo comunicado, las denuncias deben ser presentadas a las instituciones financieras emisoras de la tarjeta o en la Superintendencia de Bancos. Las denuncias que lleguen al conocimiento de la Defensoría, en primera instancia, serán remitidas a las instituciones mencionadas.

En caso de no tener una respuesta favorable, los usuarios deberán agotar el tema ante la segunda instancia que es el Defensor del Cliente o directamente en la Superintendencia de Bancos. Para este fin, la Defensoría del Pueblo realiza el respectivo asesoramiento al usuario.

¿Qué hacen las instituciones respecto al problema?

En el comunicado de la Defensoría del Pueblo de 2022, la institución se comprometió a realizar campañas para que la ciudadanía conozca sus derechos y para que los establecimientos exhiban en un sitio visible la prohibición de recargas adicionales por pagos con tarjetas de crédito.

A través de una solicitud de acceso a la información, la institución demostró haber realizado campañas para la promoción de los derechos de los consumidores a través de redes sociales. Sin embargo, los usuarios y comerciantes siguen desconociendo que el cobro de recargos por pago con tarjeta de crédito o débito es una práctica comercial ilegal.(DA)

Apoya a Radio La Calle ($2,00)