Publicidad

Hermano de Diana Atamaint, con un puesto diplomático en EE.UU.

Apoya a Radio La Calle ($2,00)

Quito, 22 ene (La Calle).- El hermano de la presidenta del Consejo Nacional Electoral (CNE), Diana Atamaint, Vinicio Kar Atamaint Wamputsar, es parte del Consulado de Ecuador en Queens, Nueva York. Así lo muestra una declaración juramentada en los archivos de la Contraloría General del Estado (CGE).

La fecha de inicio de gestión es el 1 de enero de 2024, el cargo está como ministro de esa agencia consultar. El nombramiento de Atamaint aparece, convenientemente, cuando el proceso de Consulta Popular que impulsa el gobierno nacional se encuentra en la Corte Constitucional para su aprobación.

No es el único cargo público que ha ocupado el hermano de la autoridad electoral. En 2023 fue jefe de Cooperación Internacional del GAD de Morona Santiago. Un año antes se desempeño como servidor legislativo 9 en la Asamblea Nacional y técnico docente en la Universidad Eloy Alfaro. En 2022 también trabajó en la Secretaría de Pueblos y Nacionalidades y nuevamente en la Asamblea.

Atamaint licenciado en Relaciones Internacionales por la USFQ, ingeniero en Gestión de Gobiernos Locales por la Politécnica de Chimborazo  y fue becado por la ONU para estudios de Derechos Humanos en Deusto, España. También trabajó en proyectos con la OEA y el BID.

Voces en contra

El asambleísta Lucio Guitérrez (PSP) envió una carta a la canciller Gabriela Sommerfeld sobre este caso particular. Solicitó la confirmación de la designación de Atamaint y de ser así las funciones que cumplirá en ese cargo, los méritos y la experiencia del ciudadano en la carrera diplomática. Al legislador “le llama la atención” el nombramiento de Atamaint en el contexto de la posible Consulta Popular.

La presidenta del CNE le dijo al diario El Universo que no emitiría ningún comentario al respecto en consideración de la autonomía de las diferentes instituciones públicas. También dijo que “el acceso al trabajo es un derecho de todo ciudadano siempre y cuando no tenga impedimento de ejercer cargo público, para lo cual el Estado garantiza a las personas trabajadoras el pleno respeto a su dignidad, sin ningún tipo de discriminación”. (MIB)