Quito, 18 jul (La Calle).- De las 82 causas judiciales interpuesta en contra del presidente Lenín Moreno, 37 son acciones de protección. La mayoría han sido declaradas improcedentes y algunas archivadas, según la documentación en la web del Consejo de la Judicatura.
¿Pero qué es una acción de protección? Es un recurso legal que está al servicio de cualquier ecuatoriano y busca garantizar y tutelar el respeto y protección de los derechos establecidos en la Constitución. Además, “podrá interponerse cuando exista una vulneración de derechos constitucionales, por actos u omisiones de cualquier autoridad pública no judicial; contra políticas públicas cuando supongan la privación del goce o ejercicio de los derechos constitucionales; y cuando la violación proceda de una persona particular, si la violación del derecho provoca daño grave, si presta servicios públicos impropios, si actúa por delegación o concesión, o si la persona afectada se encuentra en estado de subordinación, indefensión o discriminación”, señala el Art. 88 de la Constitución del Ecuador.
El inicio
Los primeros procesos datan del periodo 2012-2013 cuando cumplía funciones como vicepresidente del Ecuador en el gobierno de Rafael Correa. Blanca Galarza entregó 2.400 USD por la compra de juegos de comedor que fueron contratados por la Vicepresidencia a cargo de Moreno. A pesar de recibirlos, la mujer no tuvo su segunda paga y, por el contrario, tuvo que interponer una demanda para lograr el cobro.
Período Presidencial
Entre 2017 y 2018, 11 de los pedidos de acción de protección los interponen terceros a favor del ex vicepresidente Jorge Glas, quien actualmente está preso en la cárcel de Cotopaxi y había sido hallado culpable por asociación ilícita en el caso Odebretch. Las acciones de protección sostienen que los derechos laborales, políticos y de seguridad jurídica de Jorge Glas fueron violentados al ser sentenciado inconstitucionalmente bajo un código derogado y un dictamen de prisión preventiva fuera de la ley.
Cinco de las 11 causas fueron declaradas improcedentes a favor de Lenín Moreno argumentando que, según el Art. 7 de la Ley Orgánica de Garantías Jurisdiccionales y Control Constitucional, “será competente cualquier jueza o juez de primera instancia del lugar donde se origina el acto u omisión o donde se producen sus efectos”. Es decir, las acciones fueron negadas por incompetencia del juez en razón del territorio, dado que los recursos y citaciones requeridas excedían su jurisdicción.
En cuanto a las demás acciones de protección, fueron inadmitidas por inadecuada interpretación del recurso legal esgrimiendo que la “acción de protección no constituye un mecanismo de superposición o reemplazo de las instancias judiciales ordinarias, pues ello ocasionaría el desconocimiento de las estructura jurisdiccional estatal establecida por la Constitución (…) la justicia constitucional pasaría a asumir potestades que no le corresponden”.
En noviembre de 2019, otra acción de protección fue negada en favor de Lenín Moreno. La causa se dirigía no solo al Presidente, sino a varios altos funcionarios del gobierno y miembros de la Asamblea Nacional por el caso INA Investment acusándolos de “implementar una política pública de no investigación, impunidad y de discriminación, puesto que solo se investiga y fiscaliza arbitrariamente, al amigo político no se lo toca y al enemigo sí”, señala el demandante en el alegato. El juez declaró la acción improcedente, pues consideró que no existía violación de derecho.
Emergencia sanitaria
Las últimas causas interpuestas, ya en 2020, giran en torno a la emergencia sanitaria. Una de ellas solicitó acción de protección debido a la reducción de más de 98 millones de dólares a las Instituciones de Educación Superior alegando que afectaba todas las esferas de la educación y, por tanto, el derecho a la educación.
Dos aludían al mal manejo de la crisis sanitaria, otras a la falta de recursos e información no garantizada técnica ni científicamente. Sin embargo, se negaron las acciones de protección, argumentando que este recurso no puede ser utilizado por efectos impersonales y abstractos, es decir, debe especificar a los afectados o grupo de afectados, pero en estos casos los grupos son tan amplios que resultan “abstractos”.
Los procesos judiciales revisados por La Calle encontraron que Lenín Moreno no es el único demandado. El exvicepresidente Otto Sonnenholzer, el ministro de Finanzas Richard Martínez, la ministra de Gobierno María Paula Romo, entre otras figuras políticas, son imputados en más de un caso.